• Por : Josué Zapeta martes, 19 de mayo de 2015





    AGOTAMIENTO

    DEFINICIONES

    Es la pérdida progresiva de un activo por reducción de la cantidad aprovechable del mismo. Tal es el caso de los minerales cuya cantidad disminuye por la operación de extracción hasta agotarse.

    Es la pérdida progresiva de un activo por reducción de la cantidad aprovechable del mismo. Este caso sucede con los Minerales cuya cantidad disminuye por la operación de extracción hasta agotarse, lo cual reciben el nombre de Activos Agotables No Renovables.
    Estos activos reciben el nombre de Activos Agotables y ellos no pueden remplazarse.

    Caída en desuso u obsolescencia ocurre cuando por razón de nuevos inventos o perfeccionamiento técnicos, no resulta económica la utilización de cierto activo.

    CONCEPTOS
    Agotamiento es una perdida en el valor de un activo debido a su carácter de extinguible va disminuyendo de valor a medida que va produciendo sin que se pueda reponer el producto extraído.

    Este razonamiento es el que obliga a que del rendimiento anual se deduzca una parte para pagar los intereses sobre la inversión y la otra para crear un fondo de amortización destinado para reponer el valor del bien agotado. Al final del periodo de explotación habrá reunida una cantidad de dinero igual al valor del costo del activo agotado.

    No debe confundirse con el concepto de Depreciación porque como Agotamiento se entiende la desaparición progresiva de un activo al irse reduciendo la cantidad aprovechable del mismo.

    AGOTAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
    (VALUACIÓN DE BOSQUES Y MINAS)

    GENERALIDADES
    Ciertos recursos naturales, como las minas, pozos de petróleo, regiones forestales y fuentes de gas natural, proporcionan ingresos durante un tiempo agotándose después. Este consumo gradual de un recurso que no puede ser reemplazado se denomina AGOTAMIENTO. El ingreso procedente de una explotación de este tipo no debe únicamente proporcionar un beneficio sobre la inversión sino que además ha de recuperarse el costo de dicha inversión menos cualquier valor de reventa que pueda obtenerse cuando los recursos naturales se hayan agotado.

    Este es el único procedimiento de actuación que esta de acuerdo con el principio del mantenimiento del capital invertido.

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