Por : Josué Zapeta
martes, 9 de mayo de 2017
Finanzas anuncia período
de exoneración de multas
El acuerdo gubernativo 82-2017 avala "exonerar
multas, mora, intereses o recargos a los contribuyentes o responsables que
hayan incurrido en infracciones tributarias, actos u omisiones que impliquen
violación o incumplimiento de normas tributarias sustantivas o formales
previstas en el Código Tributario o leyes tributarias específicas", dice
el comunicado.
Según el acuerdo, la exoneración abarca los
períodos impositivos terminados antes del 1 de enero del 2017, "siempre
que paguen el cien por ciento de los impuestos que se adeuden en la Administración Tributaria.
Las disposiciones quedan así:
La multa
será exonerada en el cien por ciento si se efectúa durante el primer mes de
vigencia del acuerdo; será del 95 por ciento en el segundo mes de vigencia, y
de 90 por ciento en el tercer mes de vigencia.
Según el
acuerdo, las exoneraciones también podrán aplicarse “en los casos que el
contribuyente o responsable solicite facilidades de pago de conformidad con el
Código Tributario sobre obligaciones tributarias de períodos impositivos
terminados antes del 1 de enero de 2017”.
El acuerdo
aclara que las exoneraciones "no tienen aplicación a las multas, mora
intereses o recargos que ya hubiere pagado el contribuyente".
De acuerdo
con las autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT),
al menos 600 mil contribuyentes podrán regularse en el pago de impuestos.
"Exoneración no tiene objeto recaudatorio, sino de regularización de
contribuyentes bloqueados", expresó Julio Héctor Estrada, ministro de
Finanzas.
Las
autoridades informaron que con la medida también se pueden formalizar los
empresarios ganaderos y otros sectores.
Otro caso
La última
vez que un gobierno otorgo una amnistía fiscal fue durante la administración
del expresidente Otto Pérez Molina en 2014.
Esta es una
práctica que pretende que los contribuyentes que tengan irregularidades
contables, puedan regularse.
Fuente: Prensa Libre