• Por : Josué Zapeta miércoles, 16 de abril de 2014


    a partir de los cambios que se realizaron a la ley del ISR con el decreto 10-2012 (ley de actualización tributaria) también se modifico la forma de las operaciones de compras y ventas de bienes o servicios, a continuación se presenta ejemplos de la jornalización del Régimen sujeto a retención definitiva y Régimen sujeto a pagos trimestrales.

    RÉGIMEN SUJETO A RETENCIÓN DEFINITIVA.

    Cuando realizamos la venta de bienes o servicios, existen tres personas diferentes quienes le podemos vender.

    CASO I: cuando la venta es a otra empresa que está bajo el régimen "sujeto a retención definitiva".

    Caja/Bancos/Clientes
    ISR por ventas por cobrar
           A: Ventas
                IVA por pagar

    CASO II: cuando la venta es a una empresa que está bajo el régimen "sujeto a pagos trimestrales".

    Caja/Bancos/Clientes
    ISR por ventas por cobrar
           A: Ventas
                IVA por pagar

    CASO III: cuando la venta se realiza a público en general.

    Caja/Bancos/Clientes
           A: Ventas
                IVA por pagar

    En el caso de las compras de bienes o servicios solo existen dos personales a quienes podemos comprarles, a continuación los ejemplos.

    CASO I: cuando compramos a una empresa que está bajo el régimen "sujeto a retención definitiva".

    Compras
    IVA por cobrar
         A: Caja/Bancos/Proveedores
              ISR sobre compras por pagar

    CASO II: cuando compramos a una empresa que está bajo el régimen "sujeto a pagos trimestrales".

    Compras
    IVA por cobrar
         A: Caja/Bancos/Proveedores
           

    RÉGIMEN SUJETO A PAGOS TRIMESTRALES

    Cuando realizamos la venta de bienes o servicios solo hay dos personas a quienes le podemos vender.

    CASO I: cuando la venta es a otra empresa que está bajo el régimen "sujeto a pagos trimestrales"

    Caja/Bancos/Clientes
           A: Ventas
                IVA por pagar

    CASO II: cuando la venta es a una empresa que está bajo el régimen "sujeto a retención definitiva"

    Caja/Bancos/Clientes
           A: Ventas
                IVA por pagar

    En el caso de las compras de bienes o servicios solo existen dos personales a quienes podemos comprarles, a continuación los ejemplos

    CASO I: cuando compramos a una empresa que está bajo el régimen "sujeto a pagos trimestrales".

    Compras
    IVA por cobrar
         A: Caja/Bancos/Proveedores

    CASO II: cuando compramos a una empresa que está bajo el régimen "sujeto a retención definitiva".

    Compras
    IVA por cobrar
         A: Caja/Bancos/Proveedores
              ISR sobre compras por pagar




    fuente: Javier Ralda

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