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  • Todo en la vida tienen un inicio, un comienzo, asimismo la contabilidad también lo tiene, el inicio del proceso contable es a través de la ecuación patrimonial. En esta entrada veremos cuales son los elementos, las fórmulas y las formas que tiene la ecuación patrimonial.


















    Elementos de la ecuación patrimonial

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  • Cuarto caso de la sociedad anónima, en donde las acciones se pagan con varios activos.

    Recuerda que la apertura de la sociedad anónima la realizaremos en tres partidas: la primera será la autorización de las acciones; la segunda parida será la suscripción de las acciones y la tercera partida será el pago de las acciones.



    CASO IV DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA (donde las acciones se venden con varios ...



  • TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LA EXONERACIÓN DE MULTAS DE LA SAT.
    El Gobierno autorizó este viernes la exoneración general de multas, intereses, mora o recargos de más de 683 mil contribuyentes que tienen la oportunidad de poner al día su estado fiscal. La medida entra en vigor el próximo 20 de mayo y tiene una vigencia de tres meses.
    En total, se espera depurar más de 16 millones de declaraciones que tienen omiso. En su mayoría correspondiente a pequeño contribuyente (83.9%).
    Color Rojo = pequeño contribuyente del IVA = 469,829
    Color Verde = Régimen General del IVA = 111,691
    Color Amarillo = ISR Régimen Sobre los Ingresos = 59,545
    Color Celeste = ISR Régimen Sobre las Utilidades = 42,515
    La última exoneración de este tipo se realizó en 2014. En esa ocasión, el fisco logró recuperar 583 millones de quetzales. 
    A continuación, te resolvemos algunas dudas que te pueden surgir sobre esta decisión:

























    Fuente: soy502

    TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LA EXONERACIÓN DE MULTAS DE LA SAT.


  • JEFE DE LA SAT: LA EXONERACIÓN NO ES UN PREMIO PARA EL QUE INCUMPLE
    Desde que llegó a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Juan Francisco Solórzano Foppa, empezó un cambio para mejorar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, además de liderar una persecución contra aquellos que incumplían como el caso de Aceros de Guatemala y otras empresas que fueron intervenidas.
    Sin embargo, el Ejecutivo publicó el Acuerdo Gubernativo 82-2017 que abre un período de tres meses para exoneración hasta el 100 % de multas, mora, intereses o recargos.
    Ante esta situación, Solórzano Foppa explicó que continúa su postura y esta exoneración no contradice el trabajo que ha hecho durante el último año.
    "Todas las fiscalizaciones se van a seguir haciendo y vamos a sacar en nuevos planes de fiscalización", mencionó el funcionario.
    Para Solórzano, esta es una oportunidad para que muchos ciudadanos se pongan al día. 
    "Más que ser un beneficio para el que incumple, es un beneficio para el que quiere cumplir", explicó el superintendente.
    El jefe de la SAT detalló que el objetivo de la exoneración es regularizar a una gran masa de pequeños contribuyentes que por las multas que acumulan se les hace muy difícil el cumplimiento. 
    Y señaló que el impacto de lo que se estará dejando de percibir es muy bajo.
    "La mayoría de casos corresponde a pequeños contribuyentes que tenían que declarar su factura a cero", señaló.
    Según los cálculos del ministro de Finanzas Públicas, Julio Héctor Estrada, que también participó en el anuncio oficial, en este tipo de exoneraciones se llega a recaudar hasta 700 millones de quetzales.
    "No era bueno que esto estuviera como pendiente porque generaba un comportamiento de espera y generaba incertidumbre en los equipos de fiscalización", apuntó el titular de la cartera.

    LA EXONERACIÓN NO ES UN PREMIO PARA EL QUE INCUMPLE



  • Finanzas anuncia período de exoneración de multas 

    El acuerdo gubernativo 82-2017 avala "exonerar multas, mora, intereses o recargos a los contribuyentes o responsables que hayan incurrido en infracciones tributarias, actos u omisiones que impliquen violación o incumplimiento de normas tributarias sustantivas o formales previstas en el Código Tributario o leyes tributarias específicas", dice el comunicado. 
    Según el acuerdo, la exoneración abarca los períodos impositivos terminados antes del 1 de enero del 2017, "siempre que paguen el cien por ciento de los impuestos que se adeuden en la Administración Tributaria. 

    Las disposiciones quedan así: 

    La multa será exonerada en el cien por ciento si se efectúa durante el primer mes de vigencia del acuerdo; será del 95 por ciento en el segundo mes de vigencia, y de 90 por ciento en el tercer mes de vigencia.
    Según el acuerdo, las exoneraciones también podrán aplicarse “en los casos que el contribuyente o responsable solicite facilidades de pago de conformidad con el Código Tributario sobre obligaciones tributarias de períodos impositivos terminados antes del 1 de enero de 2017”. 
    El acuerdo aclara que las exoneraciones "no tienen aplicación a las multas, mora intereses o recargos que ya hubiere pagado el contribuyente".
    De acuerdo con las autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), al menos 600 mil contribuyentes podrán regularse en el pago de impuestos. "Exoneración no tiene objeto recaudatorio, sino de regularización de contribuyentes bloqueados", expresó Julio Héctor Estrada, ministro de Finanzas.
    Las autoridades informaron que con la medida también se pueden formalizar los empresarios ganaderos y otros sectores.

    Otro caso

    La última vez que un gobierno otorgo una amnistía fiscal fue durante la administración del expresidente Otto Pérez Molina en 2014.
    Esta es una práctica que pretende que los contribuyentes que tengan irregularidades contables, puedan regularse.

    Fuente: Prensa Libre

    Ministerio de Finanzas Públicas anuncia período de exoneración de multas



  • PREGUNTAS FRECUENTES
    GENERADOR PLANILLA DE IVA

    A continuación se le presentan una serie de preguntas y respuestas, las cuales le pueden resolver las inquietudes que tenga en cuanto a la utilización del generador de la planilla.

    1. ¿Qué beneficios obtengo al utilizar el Generador de la Planilla del IVA?

    1.1 Ubicar con mayor facilidad la base de datos con información grabada para el período 2016, según el sistema operativo (Windows XP, Vista o 7).

    1.2 Realizar la corrección automática si en su planilla, ingresó caracteres que no corresponden, en los campos: serie, número de documento o valor de factura.

    1.3 Acceso directo al portal SAT para realizar la transmisión del archivo, en el caso de estar conectado a internet.

    2. ¿Puedo utilizar el Generador de la Planilla del IVA del período 2015 para el período 2016?

    No puede utilizar el Generador de la Planilla de IVA del período 2015, debe ingresar al portal SAT para descargar el generador de la planilla para el período 2016.

    3. ¿Qué pasa si no utilizo el generador de la planilla de IVA 2016?

    No podrá transmitir la planilla por medio del portal SAT.

    4. ¿Al archivo que me crea el Generador de la Planilla del IVA, le puedo modificar los datos?

    No debe modificarle datos ya que si lo hace, no podrá transmitirlo por medio del portal SAT.

    5. ¿El archivo que me crea el Generador de la Planilla del IVA, en dónde lo ubica dicha herramienta?

    En el escritorio, para mayor accesibilidad cuando realice la transmisión del archivo por medio del portal SAT.

    6. ¿Puedo cambiar la ubicación del archivo creado por el generador?

    Si puede cambiar la ubicación del archivo, sin embargo, se sugiere que no realice el cambio, en el caso que realice el cambio, anote la nueva ubicación para poder localizar el archivo cuando vaya a transmitirlo en el portal SAT.

    7. ¿Puedo utilizar el generador si no tengo instalada la herramienta PlanIVA pero tengo la base de datos .mdb?


    Si puede utilizar el generador, siempre y cuando tenga la base de datos .mdb con datos ingresados para el período 2016.

    Preguntas Frecuentes sobre el Generador de la Planilla del IVA

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